Derechos del Paciente

Ley 26.529 de Derechos del Paciente

Esta ley establece los derechos que poseen lxs pacientes frente a lxs profesionales y/o instituciones de la salud. Fue sancionada en el año 2009 y su espíritu es la protección integral de la salud desde el enfoque de Derechos Humanos. Reconoce para todas las personas los derechos de asistencia, trato digno, intimidad, confidencialidad, autonomía de la voluntad, e información sanitaria que las personas deben tener a la hora de llevar adelante un tratamiento o consulta de salud.

Amplía el concepto de Consentimiento Informado exigiéndolo en todas las relaciones anteriormente descriptas y explica las formas de otorgarlo, el momento de su aplicación, y su revocabilidad.

Otro punto importante de la norma es la definición de la Historia Clínica, y otorga el derecho al paciente de exigirla al profesional cuando la persona lo requiera. También describe cómo se confecciona y quienes además de su titular pueden solicitarla.

Encontrá la ley completa a continuación:

Como paciente, ¿a qué tengo derecho?

  • A recibir atención médica con prontitud y competencia, de acuerdo con los recursos de la ciencia médica actual y conforme a la ética profesional y a la filosofía institucional.
  • A que se respete mi intimidad personal y privacidad.
  • A recibir un trato digno y humano, sin importar mi edad, sexo, religión, valores y creencias.
  • A que se guarde la más estricta confidencialidad sobre datos relativos a mi salud, que no serán revelados a terceros sin mi autorización, salvo las excepciones contempladas por la ley. En este sentido, puedo también comunicar al equipo médico qué información decido compartir con la familia o terceros y en qué circunstancias.
  • A elegir libremente el médicx, según la disponibilidad de la institución. En caso de estar afiliadx a alguna obra social, empresa de medicina prepaga o plan de salud, la atención será conforme con la cobertura.
  • A recibir información verídica y comprensible acerca de mi salud, los posibles tratamientos y sus consecuencias, efectos adversos y riesgos, para evaluarlo con mi médicx.
  • A tomar decisiones relacionadas con la atención y los tratamientos. A prestar mi consentimiento informado para la puesta en práctica de un procedimiento, en caso de que esto sea necesario, así como a retirar dicho consentimiento.
  • A anticipar mi decisión sobre cuidados o tratamientos mediante un documento, en caso de que exista la posibilidad de no poder manifestar mi voluntad luego.
  • A solicitar y conocer los datos de mi historia clínica. Pedir una segunda opinión o interconsulta médica a fin de revisar el diagnóstico y el plan de tratamiento.
  • A decidir libremente si participo o no en un proyecto de investigación, sin que mi respuesta interfiera en la calidad de la atención que recibo. Puedo ser invitadx a participar en proyectos de investigación médica, los cuales no se realizarán sin mi pleno conocimiento y consentimiento. Ya sea que acepte o no participar en los mismos, esta decisión no afectará la calidad de atención que reciba.
  • A ser protegido de cualquier agresión física, violencia o abuso.
  • A recibir tratamientos para controlar el dolor y a tomar decisiones acerca de estos.
  • A ser llamadx por mi nombre y a conocer los nombres de todas las personas involucradas en mi cuidado dentro del hospital.
  • A que no me apliquen ninguna restricción física que no sea médicamente necesaria.

¿A qué me comprometo como paciente?

  • A conocer mis derechos y responsabilidades, y cumplirlos razonablemente.
  • A brindar información veraz y completa sobre mi salud, los tratamientos y medicación que esté tomando.
  • A informarme de modo que el consentimiento a las intervenciones médicas sea resultado de una decisión personal, consciente y deliberada.
  • A aceptar los resultados de mis decisiones libres e informadas.
  • A respetar a las personas, las instalaciones, los horarios y los bienes materiales del hospital.
  • A evitar conductas que interfieran en el bienestar y los derechos de otrxs pacientes.
  • A comunicar al personal mis valores y creencias, para recibir una atención médica correspondiente y, en caso de requerirlo, el servicio espiritual acorde.
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