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No existen pensiones por VIH, pero es posible cobrar una pensión no contributiva por invalidez si te encontraras en situación de vulnerabilidad social y no tuvieses posibilidad de acceder a un empleo formal por algún motivo de salud asociado al VIH.
Tener VIH no te inhabilita para desempeñarse en ningún trabajo, tampoco disminuye las capacidades de las personas para trabajar ni constituye una discapacidad. Sin embargo, existen situaciones en las que personas podemos ver afectadas nuestras oportunidades para acceder a un empleo por vivir con VIH, ya sea por:
- El mero hecho de vivir con una condición clínica crónica que requiera atención médica frecuente (ausencias, licencias, etc) o que implique co-morbilidades (otras condiciones de salud o secuelas de enfermedades oportunistas).
- Discriminación laboral que impiden ingresar a un empleo (testeo ilegal durante el preocupacional) o que terminan en despidos no fundamentados.
Para acceder a una pensión no contributiva por invalidez, normalmente las personas debemos acreditar una disminución del 76% o más de la capacidad laboral. Sin embargo, para el VIH no es necesario acreditar el porcentaje de incapacidad, solamente se requiere el Certificado Médico Oficial de Diagnóstico (CMO) y no un Certificado de Invalidez.
¿Cuáles son los requisitos?
- Tener menos de 65 años de edad;
- Ser argentino nativo o naturalizado (con al menos 5 años de residencia continuada) o extranjero (con al menos 20 años de residencia continuada en el país anteriores al pedido de la pensión);
- No estar amparado vos ni tu cónyuge por ningún beneficio del Estado (nacional, provincial o municipal);
- No trabajar en relación de dependencia ni registrado como autónomo o monotributista (a menos que sea monotributo social);
- No tener ingresos o bienes a tu nombre que permitan tu subsistencia. Este requisito será extensible a tu grupo familiar;
- No tener parientes obligados legalmente a proporcionarte alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para hacerlo;
- No estar detenido a disposición de la justicia;
¿Qué va a pasar cuando consiga trabajo?
Si empezás a trabajar en relación de dependencia (en un empleo formal) la pensión queda automáticamente suspendida, quedando registrado que tenés aportes jubilatorios, obra social, recibo de sueldo. Lo mismo si te das de alta en el monotributo, porque uno de los requisitos para tener la pensión es no tener ingresos ni recursos estando imposibilitade para trabajar.
En cambio, si tenés monotributo social, entonces la pensión es compatible. Ambos tienen por finalidad el resguardo de las personas en situación de vulnerabilidad social.
Si conseguís un trabajo en negro, no se anula la pensión en tanto se realiza ningún tipo de aporte que acredite estés percibiendo un sueldo.
¿Qué pasa si ya estoy cobrando otras pensiones?
Al momento de solicitar la pensión y mientras dure el trámite, podés estar cobrando Asignación Universal por Hijo y/o Asignación por Embarazo para Protección Social. En caso que se te otorgue la pensión, comenzarás a cobrar Asignación Familiar por Hijo que es la que corresponde a los pensionados.
¿Cómo se tramita?
El trámite de inicio o de rehabilitación de la Pensión no Contributiva por Invalidez se realiza en dos etapas. La primera es virtual y tenés que llenar todos tus datos aquí:
Cuando termines te van a dar un turno para confirmar el trámite presencialmente en una oficina de ANSES. Ahí vas a tener que presentar la documentación correspondiente y te darán un número de expediente si superás todas las validaciones necesarias. Una vez iniciado el expediente, la Agencia Nacional de Discapacidad será la encargada del análisis y resolución del mismo.
Es obligatorio que solicites el Certificado Médico Oficial Digital (CMO) en un hospital o centro de salud público para que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) pueda otorgarte la Pensión. El CMO es enviado automáticamente a ANDIS desde el hospital o centro de salud.
Nota editorial importante. Históricamente el trámite de las pensiones duraba aproximadamente un año, pero desde hace unos años la gran mayoría de las mismas se han visto demoradas o directamente interrumpidas. Institucionalmente, nuestra recomendación es comenzar el trámite.
Para más información, consultar en:
- El Área de Servicio Social del hospital en el que recibas tratamiento (si te atendés en el Sistema Público);
- Los Centros de Atención Local (CAL) del Ministerio de Desarrollo Social;
- El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación: 0800-222-3294;
- Línea Directa 130 (ANSES).
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